#Desaparición forzada
#Desaparición forzada
Para el derecho humanitario internacional, tiene lugar una desaparición forzada cuando una persona es secuestrada o encarcelada por agentes del Estado, o por una tercera parte con la autorización, apoyo o con la aquiesencia del Estado, seguido de la negativa de reconocer el destino y paradero de dicha eprsona, lo que deja a la víctima fuera de la protección de la ley.
Cuando una persona está "desaparecida" existen muchas probabilidades de que también sea torturada o asesinada.
La generalización o práctica sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen cnotra la humanidad.
Según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que entré en vigor el 1 de julio de 2002, cuando es cometido como parte de un ataque sistemático o generalizado dirigido contra cualquier población civil, una "desaparición forzada" califica como un delito contra la humanidad, y -por lo tanto- no está sujeto al régimen de prescripción. El 20 de diciembre de 2006, la Asamblea General de la ONU adoptó el Pacto Iternacional para la protección de todas las personas contra la desaparición forzada.
A menudo, la desaparición forzada implica el asesinato. En estos casos la víctima es secuestrada, detenida ilegalmente y a menudo torturada durante interrogatorios, asesinada y el cuerpo, ocultado. Típicamente, el asesinato será subrepticio, y se dispone del cuerpo para evitar ser descubierto, de modo que la persona aparentemente ha desaparecido. El asesino puede negar el hecho, ya que nadie cuenta con evidencia de la muerte de la víctima.