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1 Agosto 2024

Alertan organizaciones sobre detención arbitraria, prisión preventiva e imposición de sentencias largas contra personas defensoras indígenas criminalizadas

Las organizaciones firmantes expresamos nuestra profunda preocupación por el contexto de criminalización contra líderes y lideresas indígenas que defienden derechos humanos en México. Enfrentan detención arbitraria, prisión preventiva prolongada así como penas privativas de libertad injustas, excesivas y desproporcionadas, afectando así su labor de defensa de derechos humanos e impactando en su vida personal, familiar y comunitaria. Los casos de David Hernández Salazar y Pablo López Alavez en el estado de Oaxaca, el caso de Kenia Hernández Montalván y de Tomás Martínez Mandujano en el Estado de México, así como el caso de Saúl Rosales Meléndez en el estado de Tlaxcala, y los casos de Versaín Velasco García y los defensores maya-tseltales de San Juan Cancuc, Agustín Pérez Velasco, Martín Pérez Domínguez, Juan Velasco Aguilar y Agustín Pérez Domínguez en Chiapas, ilustran este preocupante patrón de persecución y criminalización.

En febrero de 2024, el defensor indígena binniza David Hernández Salazar, integrante de la Asamblea de Pueblos Indígenas del Istmo en Defensa de la Tierra y el Territorio (APIIDTT) y representante de la comunidad indígena de Puente Madera en Oaxaca, fue condenado a 46 años y 6 meses de prisión por los delitos fabricados de daños por incendio y lesiones dolosas. Esta acusación y condena se dio como represalia a su oposición pacífica a la instalación del Polo de Desarrollo para el Bienestar (PODEBI) de San Blas Atempa en las tierras de uso común El Pitayal, en el marco del megaproyecto del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT). En febrero de 2024, la defensa ingresó la apelación contra esta sentencia, y en mayo fue absuelto por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca. La campaña de criminalización y judicialización contra el defensor inició en 2021, durante ese tiempo se enfrentó a dos demandas de orden federal y una estatal, las cuales ahora han concluido, siendo finalmente absuelto y sin delito que perseguir en su contra.

En 2010, el defensor indígena zapoteco Pablo López Alavez fue detenido arbitrariamente. Tras 14 años, su caso continúa en proceso de instrucción y sin sentencia. El líder zapoteco enfrenta cargos fabricados en represalia a su liderazgo comunitario, y de defensa del agua y del medio ambiente de su comunidad de San Isidro Aloápam en Oaxaca. Pablo López continúa injustamente privado de la libertad a pesar de que la criminalización y las graves violaciones a sus derechos han sido reconocidas a nivel internacional a través de llamados a su liberación así como de opiniones tales como la del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas en la Opinión número 23/2017.

Desde el 2022, la abogada y defensora indígena amuzga Kenia Hernández Montalván, se encuentra cumpliendo una condena de 21 años y 9 meses de prisión, luego de ser sentenciada dos veces en menos de un mes a más de diez años de prisión por condena por el delito fabricado de “robo con violencia”. Kenia era coordinadora del Colectivo Libertario Zapata Vive, desde donde promovía el derecho al territorio y los derechos colectivos de los pueblos indígenas amenazados por modelos de desarrollo liderados por el Estado mexicano. A la fecha, la defensora enfrenta nueve cargos en su contra como represalia a su trabajo de defensa y resistencia pacífica. En mayo de 2022, la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de las Naciones Unidas escribieron a las autoridades mexicanas expresando su preocupación por este caso. Tras la respuesta de las autoridades mexicanas, la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos llamó a que Kenia fuera puesta en libertad inmediatamente.

En enero de 2024, el líder indígena otomí, albañil y defensor de derechos humanos Tomás Martínez Mandujano de la comunidad de Llano Grande Azcapotzaltongo, Estado de México, fue condenado a 43 años y 9 meses de prisión por un asesinato que no cometió. La sentencia se dio como represalia a su labor de defensa del territorio de la comunidad - sobre el cual tienen un título primordial ancestral, - de los intereses privados de empresas inmobiliarias que pretenden explotar el territorio por contar con un fácil acceso a recursos hídricos.

En marzo de 2024, el líder indígena nahua y presidente comunitario Saúl Rosales Meléndez de la comunidad San Pedro Tlalcuapan, estado de Tlaxcala, fue condenado a 20 años de prisión por un asesinato que no cometió. Su sentencia es resultado de la incapacidad de las autoridades de investigar casos de linchamientos cada vez más frecuentes en la región, lo cual fue utilizado como represalia contra Saúl por liderar la defensa del bosque de la montaña Matlalcueyetl - también conocida como La Malinche - frente al daño ambiental causado por el desarrollo de actividades extractivas en el área sin el consentimiento previo de la comunidad. La sentencia basa sus razonamientos en estereotipos negativos sobre el cargo que ostentaba Saúl como presidente de comunidad, atribuyendo a sus usos y costumbres el hecho de haber permitido la comisión del delito. El defensor se encuentra criminalizado y detenido desde el 14 de julio de 2022.

En enero de 2024, el defensor de derechos humanos y del territorio del pueblo indígena maya tzotzil, Versaín Velasco García, fue condenado a 58 años de prisión tras ser acusado injustamente de homicidio. Versaín Velasco ha sufrido hostigamiento y criminalización debido a su activa labor de defensa de derechos humanos en su comunidad Nueva Palestina, Chiapas, donde denunció numerosos abusos de autoridad y eventos violentos, incluyendo abusos sexuales, trata de personas, asesinatos y otras denuncias públicas. El defensor se encuentra detenido desde enero de 2022. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió el 31 de agosto de 2023 la RECOMENDACIÓN NO. 157/2023, sobre las violaciones de derechos humanos a favor de Versain, su esposa, dos hijos y su hermana.

Los defensores comunitarios del pueblo maya tseltal de San Juan Cancuc Agustín Pérez Velasco, Martín Pérez Domínguez, Juan Velasco Aguilar y Agustín Pérez Domínguez fueron condenados a 25 años de prisión por un asesinato que no cometieron. Fueron detenidos arbitrariamente en el 2022 por autoridades estatales, entre ellas miembros del ejército mexicano y la Guardia Nacional. El Estado ha amedrentado a la población para no atestiguar en su favor. Fueron condenados inicialmente en mayo de 2023, después de un laberíntico proceso de impugnaciones su juicio fue repuesto, sin embargo fueron nuevamente condenados, generando una situación de desgaste emocional y económico. La sentencia se dio como represalia a su labor de defensa del derecho a la autonomía y la libre determinación del pueblo maya tseltal, resaltando la oposición del pueblo de Cancuc al megaproyecto carretero San Cristóbal – Palenque.

La criminalización, detención arbitraria, prisión preventiva prolongada e imposición de penas excesivas por cargos fabricados e infundados contra personas defensoras de derechos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en México se ha vuelto una tendencia alarmante que muestra un patrón de racismo y violencia desproporcionada por parte del Estado mexicano. Este patrón de detenciones arbitrarias contra personas defensoras de derechos humanos, en su mayoría indígenas, ha sido reconocido a nivel internacional. Estas violaciones de derechos humanos han tenido como objetivo la desmovilización de las luchas por los derechos colectivos de las comunidades indígenas, impactando no solo en la vida individual y familiar de las y los defensores criminalizados, pero en el goce de los derechos colectivos como comunidades indígenas.

La detención arbitraria, prisión preventiva prolongada y condenas impuestas contra estas personas defensoras son tan altas que pueden calificarse como “cadenas perpetuas informales”. Estas no satisfacen el principio de proporcionalidad e incluso pueden equivaler a un trato cruel, inhumano y degradante al privar a la persona detenida de la posibilidad de rehabilitación y reinserción en la sociedad y en su comunidad, fin de la imposición de penas bajo el derecho penal.

Sumado a ello, resulta preocupante que el sistema judicial no tome en cuenta los efectos de penas privativas de libertad contra quienes son parte de pueblos indígenas. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha señalado que “la separación de la persona indígena de su comunidad y territorio, elementos constitutivos de su identidad cultural, puede conllevar a profundos sufrimientos que sobrepasan aquellos inherentes a la estancia en prisión y tienen un impacto negativo sobre los miembros de la comunidad indígena”.

Lo anterior coincide con lo señalado por el Subcomité para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas, el cual afirma que “el vínculo con la comunidad es determinante en la estructuración de la identidad individual y colectiva de sus integrantes y la prisión atenta directamente contra esta relación”, al punto de que “para muchas personas indígenas la privación de la libertad en cárceles constituye un trato cruel, inhumano y degradante, cuando no inclusive una forma de tortura”.

En vista de lo anterior, las organizaciones firmantes rechazan el uso indebido del derecho penal con el fin de restringir la labor de defensa de las personas defensoras de derechos humanos, especialmente de quienes pertenecen y defienden los derechos de los pueblos indígenas, pues afecta su derecho a la identidad cultural y su relación con la comunidad. De esta forma, no solo se limita el derecho de los pueblos indígenas a defender sus intereses y derechos colectivos, sino también se vulnera su identidad y unidad al desplazar a sus integrantes a centros penitenciarios para cumplir penas desproporcionadas e injustificables.

Las organizaciones firmantes instan a las autoridades en México a cumplir con los estándares internacionales de derechos humanos de protección de las personas defensoras de derechos humanos, así como con los estándares referentes a los pueblos indígenas, con el fin de evitar el uso indebido del derecho penal para restringir la labor de quienes defienden los derechos de sus comunidades y pueblos. También a aplicar el enfoque diferenciado intercultural pertinente en estos casos. Las y los líderes indígenas defensores de derechos humanos David Hernández Salazar, Pablo López Alavez, Kenia Hernández Montalván, Tomás Martínez Mandujano, Saúl Rosales Meléndez, Versaín Velasco García, Agustín Pérez Velasco, Martín Pérez Domínguez, Juan Velasco Aguilar y Agustín Pérez Domínguez deben ser puestos en libertad de inmediato, los cargos infundados en su contra deben de ser anulados y se les debe de reparar integralmente el daño causado.

Organizaciones firmantes:

• Asamblea de Pueblos Indígenas del Istmo en Defensa de la Tierra y el Territorio (APIIDTT)
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba)
• Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero
Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca (Consorcio Oaxaca)
• Front Line Defenders
• Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas, Todos y Todes” (Red TDT)
• Colectivo de Saneamiento y Restauración de la Malintzi Tlalcuapan

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